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Enervación de desahucio: acción legal LEC

¿Qué es la enervación de desahucio?

La enervación de desahucio es un proceso legal contemplado en la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC) que permite al inquilino evitar ser desalojado de una vivienda al demostrar que ha pagado la deuda pendiente, incluyendo los intereses y las costas del juicio. Este proceso proporciona una oportunidad al arrendatario de rectificar su situación y evitar la pérdida de su hogar.

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¿Cómo funciona la enervación de desahucio?

El procedimiento de enervación de desahucio se inicia cuando el propietario presenta una demanda de desahucio debido al impago de la renta o cualquier otra causa justa establecida en el contrato de arrendamiento. A partir del momento en que la demanda es notificada al inquilino, este dispone de un plazo de diez días hábiles para realizar el pago completo de la deuda.

Para enervar el desahucio, el inquilino debe presentar un escrito de oposición ante el juzgado competente, en el cual debe acreditar que ha realizado el pago íntegro de la deuda, incluyendo intereses y costas judiciales.

Requisitos para enervar el desahucio

Para que la enervación de desahucio sea efectiva, es necesario cumplir con los siguientes requisitos:

  • Pagar la deuda antes de que transcurran los diez días hábiles desde la notificación de la demanda.
  • Realizar el pago íntegro de la cantidad adeudada, incluyendo intereses y costas judiciales.
  • Presentar una oposición escrita ante el juzgado competente.
  • Acreditar el pago mediante los medios establecidos en la LEC.

Es importante tener en cuenta que solo se puede realizar la enervación de desahucio una vez cada cinco años. Por lo tanto, es fundamental no descuidar los pagos para evitar encontrarse en esta situación.

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Beneficios de la enervación de desahucio

La enervación de desahucio ofrece al inquilino la oportunidad de rectificar su situación y evitar la pérdida de su vivienda. Al realizar el pago íntegro de la deuda pendiente, el contrato de arrendamiento se mantiene vigente y el inquilino puede continuar viviendo en la propiedad.

Además, la enervación de desahucio evita que el inquilino tenga un registro de desahucio en su historial crediticio, lo cual puede dificultar la búsqueda de futuras viviendas en alquiler.

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Consecuencias de no enervar el desahucio

Si el inquilino no realiza el pago íntegro de la deuda dentro del plazo establecido, el propietario podrá continuar con el proceso de desahucio y solicitar el lanzamiento del inquilino. Esto puede resultar en la pérdida de la vivienda y en la inclusión de una anotación de desahucio en el historial crediticio del arrendatario.

Además, el propietario puede reclamar las cantidades adeudadas a través de un procedimiento de ejecución de la sentencia, lo que puede implicar el embargo de bienes o cuentas bancarias del inquilino.

Preguntas frecuentes

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1. ¿Puedo enervar el desahucio si ya he recibido una notificación de desahucio anteriormente?

Sí, la enervación de desahucio puede realizarse independientemente de si el inquilino ha sido objeto de una notificación de desahucio con anterioridad. Sin embargo, es importante tener en cuenta que solo se puede enervar el desahucio una vez cada cinco años.

2. ¿Qué ocurre si el propietario rechaza mi pago y continúa con el proceso de desahucio?

En caso de que el propietario rechace el pago realizado por el inquilino o decida continuar con el proceso de desahucio a pesar de la enervación, corresponderá al juez decidir sobre la validez del pago y tomar las medidas oportunas según lo establecido en la LEC.

3. ¿Cuándo debo presentar la oposición para enervar el desahucio?

La oposición para enervar el desahucio debe presentarse dentro del plazo de diez días hábiles contados a partir de la notificación de la demanda de desahucio. Es importante no superar este plazo para evitar la pérdida de la vivienda.

En conclusión, la enervación de desahucio es una herramienta legal que ofrece al inquilino la oportunidad de rectificar su situación y evitar el desalojo de la vivienda. Cumpliendo con los requisitos establecidos y realizando el pago íntegro de la deuda pendiente, el inquilino puede mantener el contrato de arrendamiento en vigencia y seguir viviendo en la propiedad. Sin embargo, es fundamental evitar llegar a esta situación mediante el cumplimiento puntual de los pagos. En caso de encontrarse en esta situación, es importante actuar rápidamente y obtener asesoramiento legal para asegurar el mejor resultado posible.

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