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¿Es posible cobrar pensión de viudedad estando divorciada?

¿Cómo funciona la pensión de viudedad en España?

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La pensión de viudedad es una prestación económica que se otorga a los cónyuges o parejas de hecho de una persona fallecida, siempre y cuando cumplan con los requisitos establecidos por la Seguridad Social. Esta pensión tiene como objetivo proteger a los cónyuges y parejas que dependían económicamente de la persona fallecida, y es uno de los beneficios más importantes del sistema de seguridad social en España.

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¿Qué sucede en caso de divorcio?

Una de las preguntas más frecuentes sobre la pensión de viudedad es si es posible cobrarla en caso de estar divorciado/a. La respuesta es sí, siempre y cuando se cumplan ciertas condiciones. A continuación, explicaremos en detalle cómo funciona la pensión de viudedad en caso de divorcio y cuáles son los requisitos que se deben cumplir para poder acceder a ella.

¿Cuáles son los requisitos para cobrar la pensión de viudedad en caso de divorcio?

Para poder acceder a la pensión de viudedad en caso de divorcio, se deben cumplir los siguientes requisitos:

– Haber estado casado/a con la persona fallecida en el momento de su muerte.
– Haber estado recibiendo una pensión compensatoria en el momento del fallecimiento.
– No haber contraído un nuevo matrimonio o estar en una relación de pareja de hecho en el momento de solicitar la pensión.
– No tener ingresos propios que superen el límite establecido por la Seguridad Social.
– No haber renunciado a la pensión de viudedad en el convenio regulador del divorcio.

¿Qué es la pensión compensatoria?

La pensión compensatoria es una prestación económica que se establece en el convenio regulador del divorcio, y que tiene como objetivo compensar a la parte más desfavorecida económicamente por la ruptura del matrimonio. Esta pensión puede ser temporal o vitalicia, y su cuantía se determina en función de las circunstancias de cada caso.

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¿Qué sucede si no se cumple con los requisitos para cobrar la pensión de viudedad?

En caso de no cumplir con los requisitos mencionados anteriormente, no se podrá acceder a la pensión de viudedad en caso de divorcio. Sin embargo, existe la posibilidad de solicitar una pensión de orfandad en caso de tener hijos en común con la persona fallecida. Esta pensión tiene como objetivo proteger a los hijos menores de edad o con alguna discapacidad, y su cuantía dependerá del número de hijos y de los ingresos de la persona fallecida.

¿Cómo se calcula la pensión de viudedad en caso de divorcio?

La pensión de viudedad en caso de divorcio se calcula en base a la pensión compensatoria que se estaba recibiendo en el momento del fallecimiento. Si la pensión compensatoria era temporal, la pensión de viudedad también lo será. En caso de que la pensión compensatoria fuera vitalicia, la pensión de viudedad también lo será.

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¿Qué sucede si la pensión compensatoria se había suspendido?

En caso de que la pensión compensatoria se hubiera suspendido en el momento del fallecimiento, se podrá acceder a la pensión de viudedad siempre y cuando se cumplan los demás requisitos mencionados anteriormente. Sin embargo, la cuantía de la pensión de viudedad será reducida en un porcentaje equivalente a la pensión compensatoria que se había suspendido.


¿Qué sucede si se ha renunciado a la pensión de viudedad en el convenio regulador del divorcio?

En caso de haber renunciado a la pensión de viudedad en el convenio regulador del divorcio, no se podrá acceder a ella en el futuro, a menos que se modifique el convenio y se elimine dicha renuncia.

¿Qué documentos se necesitan para solicitar la pensión de viudedad en caso de divorcio?

Para solicitar la pensión de viudedad en caso de divorcio, se deberán presentar los siguientes documentos:

– Certificado de matrimonio y de divorcio.
– Certificado de defunción de la persona fallecida.
– Certificado de la pensión compensatoria que se estaba recibiendo en el momento del fallecimiento.
– Documentación que acredite que no se ha contraído un nuevo matrimonio o se está en una relación de pareja de hecho en el momento de solicitar la pensión.
– Documentación que acredite los ingresos propios y que no superen el límite establecido por la Seguridad Social.

¿Qué sucede si se vuelve a contraer matrimonio o se inicia una relación de pareja de hecho?

En caso de contraer un nuevo matrimonio o iniciar una relación de pareja de hecho en el momento de estar recibiendo la pensión de viudedad, ésta se suspenderá automáticamente. Sin embargo, si posteriormente se produce un nuevo divorcio o se finaliza la relación de pareja de hecho, se podrá reanudar la pensión de viudedad.

¿Qué ocurre con la pensión de viudedad en caso de que la persona fallecida sea funcionario público?

En caso de que la persona fallecida sea funcionario público, la pensión de viudedad en caso de divorcio se regirá por las mismas normas que en el caso de los trabajadores del régimen general. Sin embargo, es importante tener en cuenta que en este caso se deberán cumplir también las condiciones establecidas por el régimen de clases pasivas, que son las que rigen las pensiones de los funcionarios públicos.

¿Qué es el régimen de clases pasivas?

El régimen de clases pasivas es el sistema de seguridad social que cubre las prestaciones de los funcionarios públicos y sus familiares. Este régimen tiene sus propias normas y requisitos para acceder a la pensión de viudedad en caso de divorcio, por lo que es importante informarse adecuadamente en caso de estar en esta situación.

¿Existe algún límite de edad para acceder a la pensión de viudedad en caso de divorcio?

No existe ningún límite de edad para acceder a la pensión de viudedad en caso de divorcio, siempre y cuando se cumplan con los requisitos mencionados anteriormente. Sin embargo, es importante tener en cuenta que la pensión de viudedad se extinguirá en caso de que la persona beneficiaria contraiga un nuevo matrimonio o inicie una relación de pareja de hecho.

¿Cómo se solicita la pensión de viudedad en caso de divorcio?

La solicitud de la pensión de viudedad en caso de divorcio se debe realizar en la Seguridad Social, a través de la presentación de los documentos mencionados anteriormente. También se puede realizar de forma telemática a través de la sede electrónica de la Seguridad Social.

¿Cuánto tiempo se tarda en recibir la pensión de viudedad en caso de divorcio?

El plazo para recibir la pensión de viudedad en caso de divorcio dependerá de cada caso y de la carga de trabajo de la Seguridad Social. Sin embargo, se estima que el plazo puede ser de entre 3 y 6 meses desde la presentación de la solicitud.

¿Qué sucede si se ha estado casado en régimen de separación de bienes?

En caso de haber estado casado en régimen de separación de bienes, se podrá acceder a la pensión de viudedad en caso de divorcio siempre y cuando se cumplan con los requisitos mencionados anteriormente. En este caso, la cuantía de la pensión se calculará en función de la pensión compensatoria que se estaba recibiendo en el momento del fallecimiento.

¿Se puede compatibilizar la pensión de viudedad con otras prestaciones?

Sí, es posible compatibilizar la pensión de viudedad con otras prestaciones como la pensión de jubilación, siempre y cuando se cumplan con los requisitos establecidos por la Seguridad Social. Sin embargo, es importante tener en cuenta que en caso de que se reciba una pensión de viudedad y otra pensión por parte del cónyuge fallecido, se aplicarán ciertos límites para evitar la acumulación de prestaciones.

¿Se puede renunciar a la pensión de viudedad en caso de recibir otra prestación?

Sí, se puede renunciar a la pensión de viudedad en caso de recibir otra prestación siempre y cuando se cumplan con los requisitos establecidos por la Seguridad Social. En este caso, es importante tener en cuenta que la renuncia será irrevocable y no se podrá acceder a la pensión de viudedad en el futuro.

¿Qué sucede con la pensión de viudedad en caso de fallecimiento del cónyuge que estaba recibiendo la pensión de jubilación?

En caso de que el cónyuge que estaba recibiendo la pensión de jubilación fallezca, la pensión de viudedad se extinguirá automáticamente. Sin embargo, en este caso se podrá acceder a la pensión de viudedad por orfandad en caso de tener hijos en común con la persona fallecida.

¿Es posible cobrar la pensión de viudedad si se ha estado separado de hecho?

Sí, es posible cobrar la pensión de viudedad en caso de estar separado de hecho, siempre y cuando se cumplan con los requisitos mencionados anteriormente. En este caso, la pensión se calculará en función de la pensión compensatoria que se estaba recibiendo en el momento del fallecimiento.

¿Se puede perder la pensión de viudedad en caso de convivir con otra persona?

Sí, se puede perder la pensión de viudedad en caso de convivir con otra persona, ya sea en un matrimonio o en una relación de pareja de hecho. En este caso, se considerará que se ha producido una convivencia marital y la pensión de viudedad se suspenderá automáticamente.

¿Qué sucede con la pensión de viudedad en caso de convivir con hijos mayores de edad?

En caso de convivir con hijos mayores de edad, la pensión de viudedad no se verá afectada, siempre y cuando se cumplan con los requisitos establecidos por la Seguridad Social. Sin embargo, en caso de que los hijos mayores de edad tengan ingresos propios que superen el límite establecido, la pensión de viudedad puede ser reducida o incluso suspendida.

¿Qué ocurre con la pensión de viudedad en caso de que la persona fallecida haya sido víctima de violencia de género?

En caso de que la persona fallecida haya sido víctima de violencia de género, se aplicarán medidas especiales para garantizar la protección de la víctima y de sus familiares. En este caso, se podrá acceder a la pensión de viudedad sin necesidad de cumplir con los requisitos mencionados anteriormente, siempre y cuando se demuestre que la muerte fue consecuencia de la violencia de género.

En resumen, es posible cobrar la pensión de viudedad en caso de estar divorciado/a, siempre y cuando se cumplan con los requisitos establecidos por la Seguridad Social. Es importante tener en cuenta que la pensión de viudedad se calculará en función de la pensión compensatoria que se estaba recibiendo en el momento del fallecimiento, y que existen ciertas situaciones en las que la pensión puede ser reducida o suspendida. Por ello, es recomendable informarse adecuadamente y cumplir con todos los requisitos para poder acceder a esta prestación económica tan importante para las personas que han perdido a su cónyuge o pareja de hecho.

¿Puedo acceder a la pensión de viudedad si estoy separado de hecho?

Sí, es posible acceder a la pensión de viudedad en caso de estar separado de hecho, siempre y cuando se cumplan con los requisitos establecidos por la Seguridad Social.

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¿Puedo cobrar la pensión de viudedad si he renunciado a ella en el convenio regulador del divorcio?

No, en caso de haber renunciado a la pensión de viudedad en el convenio regulador del divorcio, no se podrá acceder a ella en el futuro, a menos que se modifique el convenio y se elimine dicha renuncia.

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