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Plazo de presentación del modelo 347 para el ejercicio

El plazo de presentación del modelo 347 para el ejercicio debe ser cuidadosamente observado por todos aquellos contribuyentes que tengan la obligación de declarar las operaciones con terceros superiores a 3.005,06 euros durante el año fiscal.

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¿Cuál es el plazo de presentación del modelo 347?

El plazo para presentar el modelo 347 corresponde al mes de febrero de cada año, específicamente del 1 al 28 de febrero. Es importante tener en cuenta que este plazo es improrrogable, y no existe la posibilidad de solicitar prórrogas o ampliaciones.


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¿Quiénes están obligados a presentar el modelo 347?

Están obligados a presentar el modelo 347 aquellos contribuyentes que, durante el año fiscal, hayan llevado a cabo operaciones con terceros que superen el umbral establecido por Hacienda. Esto incluye tanto a personas físicas como jurídicas, así como a entidades sin personalidad jurídica como comunidades de bienes o herencias yacentes.

¿Cuáles son los requisitos para presentar el modelo 347?

Para presentar correctamente el modelo 347, es necesario cumplir con los siguientes requisitos:

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  • Tener un certificado electrónico o DNI electrónico que permita la identificación del declarante.
  • Contar con todos los datos necesarios para completar la declaración, incluyendo los datos de identificación de los terceros con los que se ha realizado operaciones.
  • Revisar y contrastar la información suministrada con la realidad de las operaciones realizadas durante el año fiscal.

¿Qué información debe incluirse en el modelo 347?

El modelo 347 requiere la inclusión de información detallada sobre las operaciones realizadas con terceros que superen el umbral establecido. Esta información incluye:

  • Identificación del declarante y su NIF.
  • Identificación de los terceros con los que se ha realizado operaciones, incluyendo su NIF.
  • Importe total de las operaciones realizadas con cada tercero.
  • Naturaleza de las operaciones realizadas.

Es importante asegurarse de proporcionar toda la información requerida de manera precisa y detallada, ya que cualquier omisión o error puede acarrear sanciones por parte de Hacienda.

¿Cuáles son las sanciones por no presentar el modelo 347?

El no cumplir con la obligación de presentar el modelo 347 dentro del plazo establecido puede dar lugar a sanciones económicas por parte de Hacienda. Estas sanciones varían en función del grado de incumplimiento y se pueden aplicar tanto a nivel cuantitativo como cualitativo.

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En caso de no presentar el modelo o de presentarlo fuera de plazo sin requerimiento previo por parte de Hacienda, la sanción puede oscilar entre 300 y 20.000 euros, dependiendo de factores como el volumen de operaciones no declaradas o la reincidencia del contribuyente en este tipo de incumplimientos.

Conclusión

El plazo de presentación del modelo 347 es un aspecto importante a tener en cuenta por parte de todos aquellos contribuyentes que realicen operaciones con terceros superiores al umbral establecido. Cumplir con esta obligación tributaria dentro del plazo establecido es fundamental para evitar sanciones económicas.

Recuerda siempre tener a mano los datos necesarios y revisar detalladamente la información antes de presentarla. Asegurarte de cumplir con todos los requisitos y proporcionar la información requerida de manera precisa y detallada te ayudará a evitar problemas con Hacienda.

Preguntas Frecuentes

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1. ¿Qué ocurre si presento el modelo 347 fuera de plazo?

Si presentas el modelo 347 fuera de plazo y sin requerimiento previo por parte de Hacienda, podrías estar sujeto a una sanción económica que oscila entre 300 y 20.000 euros, dependiendo de diversos factores.

2. ¿Qué debo hacer si no tuve operaciones que declarar durante el año fiscal?

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Si no realizaste operaciones que superen el umbral establecido durante el año fiscal, no estás obligado a presentar el modelo 347. Sin embargo, es recomendable conservar la documentación que respalde esta situación por si Hacienda solicitara comprobaciones en el futuro.

3. ¿Es posible recibir alguna notificación previa a la presentación del modelo 347?

No, no suele haber notificaciones previas por parte de Hacienda para la presentación del modelo 347. Es responsabilidad del contribuyente estar informado del plazo y cumplir con su obligación tributaria en los tiempos establecidos.

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