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Cómo declarar el importe en el modelo 347

¿Qué es el modelo 347 y por qué es importante declarar el importe?

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Si eres autónomo o tienes una empresa, es probable que hayas oído hablar del modelo 347. Este modelo es una declaración anual de operaciones con terceras personas, es decir, un resumen de las operaciones comerciales que has realizado con otras empresas o autónomos durante el año fiscal. Declarar el importe en el modelo 347 es importante porque permite a la Agencia Tributaria tener un control sobre las operaciones comerciales realizadas entre empresas y así detectar posibles fraudes fiscales. Además, esta declaración también sirve para que Hacienda pueda cruzar datos y comprobar que todas las operaciones realizadas por tu empresa están correctamente declaradas y no hay irregularidades en tu actividad comercial.

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¿Quiénes están obligados a presentar el modelo 347?

No todas las empresas o autónomos están obligados a presentar el modelo 347, solo aquellos que hayan realizado operaciones con terceras personas por un importe superior a 3.005,06 euros durante el año fiscal. Esto incluye tanto operaciones de compra como de venta, independientemente de que se hayan realizado en efectivo, mediante transferencia bancaria o con tarjeta de crédito o débito. También están obligados a presentar este modelo aquellos que hayan realizado operaciones con entidades públicas, independientemente del importe. Sin embargo, hay algunas excepciones a esta obligación, como las operaciones realizadas con clientes o proveedores ubicados en otros países de la Unión Europea o aquellas que se encuentren exentas de IVA.

¿Cuál es el plazo para presentar el modelo 347?

El plazo para presentar el modelo 347 es durante el mes de febrero de cada año, concretamente entre el 1 y el 28 de febrero. Es importante tener en cuenta que este plazo es improrrogable, por lo que es fundamental que realices la declaración dentro de este periodo para evitar posibles sanciones por parte de la Agencia Tributaria. Además, es recomendable no dejar la presentación de este modelo para el último momento, ya que puede ser un proceso que requiera tiempo y es mejor hacerlo con calma para evitar posibles errores o confusiones.

¿Cómo se presenta el modelo 347?

La presentación del modelo 347 se realiza de forma telemática a través de la página web de la Agencia Tributaria. Para ello, es necesario disponer de un certificado digital o DNI electrónico que permita identificarte como contribuyente. Una vez accedas a la plataforma, deberás completar un formulario con todos los datos requeridos, incluyendo el importe total de las operaciones realizadas con terceras personas durante el año fiscal. Es importante revisar cuidadosamente todos los datos antes de enviar la declaración, ya que cualquier error puede tener consecuencias negativas en tu situación fiscal.

¿Qué información se debe incluir en el modelo 347?

Además del importe total de las operaciones realizadas con terceras personas, en el modelo 347 también se deben incluir otros datos relevantes para la Agencia Tributaria, como la identificación de las empresas o autónomos con los que se han realizado las operaciones, el NIF de cada uno de ellos, el tipo de operación (compra o venta), el importe de cada operación y el tipo de IVA aplicado. También es importante tener en cuenta que, en caso de que se haya realizado una operación con una misma persona por un importe superior a 3.005,06 euros, se deberá indicar el importe total y no solo el importe individual de cada operación.

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¿Qué ocurre si no se presenta el modelo 347?

No presentar el modelo 347 dentro del plazo establecido o hacerlo con datos incorrectos puede tener consecuencias negativas para tu situación fiscal. La Agencia Tributaria puede imponer una sanción económica que oscila entre los 300 y los 20.000 euros, dependiendo del grado de incumplimiento. Además, también puede conllevar una inspección fiscal y el requerimiento de la documentación necesaria para comprobar las operaciones realizadas durante el año fiscal. Por lo tanto, es importante cumplir con esta obligación tributaria para evitar posibles problemas con Hacienda.

¿Qué pasa si se detectan irregularidades en las operaciones declaradas en el modelo 347?

En caso de que la Agencia Tributaria detecte irregularidades en las operaciones declaradas en el modelo 347, puede iniciar un proceso de comprobación e inspección para determinar si se ha producido un fraude fiscal. En este caso, se pueden imponer sanciones económicas y, en casos más graves, incluso puede haber consecuencias penales para el contribuyente. Por lo tanto, es fundamental que todas las operaciones declaradas en el modelo 347 sean reales y estén correctamente documentadas para evitar posibles problemas con Hacienda.

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¿Cómo se puede evitar problemas con el modelo 347?

Para evitar problemas con el modelo 347, es importante llevar un buen control de todas las operaciones realizadas con terceras personas a lo largo del año fiscal. Esto incluye mantener una buena gestión de la documentación relacionada con estas operaciones, como facturas, recibos o contratos. También es recomendable revisar periódicamente los datos registrados en la contabilidad para asegurarse de que todo está correctamente documentado y no hay posibles errores que puedan afectar a la declaración del modelo 347.

¿Qué ocurre si se detectan errores en el modelo 347 después de su presentación?

En caso de que se detecten errores en el modelo 347 después de su presentación, es posible realizar una declaración complementaria para corregirlos. Para ello, es necesario presentar el modelo 347 de forma telemática y marcar la casilla correspondiente para indicar que se trata de una declaración complementaria. También es importante tener en cuenta que esta declaración complementaria solo se puede realizar dentro del plazo de presentación del modelo 347, es decir, durante el mes de febrero.

¿Se puede solicitar una prórroga para presentar el modelo 347?

No es posible solicitar una prórroga para presentar el modelo 347, ya que el plazo establecido por la Agencia Tributaria es improrrogable. Sin embargo, en caso de que se tenga una causa justificada que impida presentar la declaración dentro del plazo, se puede presentar una solicitud de aplazamiento a la Agencia Tributaria. Esta solicitud debe ir acompañada de la documentación que acredite la causa justificada y está sujeta a la aprobación por parte de Hacienda.

¿Cómo afecta el modelo 347 a las operaciones intracomunitarias?

En el caso de las operaciones intracomunitarias, es decir, aquellas realizadas entre empresas o autónomos de diferentes países de la Unión Europea, se deben declarar en el modelo 347 solo aquellas operaciones que superen los 3.005,06 euros. Sin embargo, estas operaciones también deben ser declaradas en el modelo 349, que es una declaración informativa de operaciones intracomunitarias. En esta declaración se incluyen todas las operaciones realizadas con países de la Unión Europea, independientemente del importe, y se debe presentar en el mismo plazo que el modelo 347.

¿Qué ocurre con las operaciones realizadas con países fuera de la Unión Europea?

Las operaciones realizadas con países fuera de la Unión Europea no se deben incluir en el modelo 347, ya que no están sujetas a IVA. Sin embargo, es necesario declararlas en el modelo 349 si se supera el importe de 3.005,06 euros. Además, también es importante tener en cuenta que este tipo de operaciones pueden estar sujetas a otros impuestos o aranceles, por lo que es recomendable asesorarse adecuadamente antes de realizarlas.

¿Qué ocurre con las operaciones realizadas con clientes o proveedores de Canarias, Ceuta y Melilla?

Las operaciones realizadas con clientes o proveedores de Canarias, Ceuta y Melilla se deben declarar en el modelo 347 si superan los 3.005,06 euros. Además, también deben ser incluidas en el modelo 349 si se supera este importe y en el modelo 390, que es la declaración resumen anual del IVA. Es importante tener en cuenta que en estas operaciones se aplica un tipo de IVA diferente al de la península, por lo que es necesario revisar la normativa vigente antes de realizarlas.

¿Cómo afecta el modelo 347 a las operaciones realizadas con clientes o proveedores en régimen de módulos?

En el caso de las empresas o autónomos que tributan en régimen de módulos, es decir, aquellos cuyo rendimiento se calcula en función de unos módulos fijos establecidos por la Agencia Tributaria, no están obligados a presentar el modelo 347. Sin embargo, si realizan operaciones con terceras personas por un importe superior a 3.005,06 euros, deberán incluir estas operaciones en el modelo 390, que es la declaración resumen anual del IVA. Además, también deberán declararlas en el modelo 349 si se supera este importe.

¿Qué ocurre con las operaciones realizadas con clientes o proveedores que no están sujetos a IVA?

En el caso de las operaciones realizadas con clientes o proveedores que no están sujetos a IVA, como puede ser el caso de las operaciones de exportación o de actividades exentas de IVA, no se deben incluir en el modelo 347. Sin embargo, es importante tener en cuenta que estas operaciones deben estar correctamente documentadas y registradas en la contabilidad, ya que pueden ser objeto de inspección por parte de la Agencia Tributaria.

¿Cómo se debe declarar el importe en el modelo 347?

Para declarar el importe en el modelo 347, es necesario incluir el total de las operaciones realizadas con terceras personas durante el año fiscal. Este importe se debe desglosar por trimestres, es decir, se debe indicar el importe total de las operaciones realizadas en cada trimestre. Además, también se deben incluir las operaciones realizadas con entidades públicas y las operaciones con personas o entidades con las que se hayan realizado operaciones por un importe superior a 3.005,06 euros.

¿Qué ocurre con las operaciones que se han realizado en efectivo?

Las operaciones que se han realizado en efectivo deben ser incluidas en el modelo 347 siempre y cuando superen los 3.005,06 euros. Sin embargo, es importante tener en cuenta que a partir del año 2021, esta cantidad se reducirá a 1.000 euros. Por lo tanto, es fundamental llevar un buen control de las operaciones realizadas en efectivo para evitar posibles problemas con Hacienda.

¿Cómo afecta el modelo 347 a las operaciones realizadas con clientes o proveedores en el extranjero?

Las operaciones realizadas con clientes o proveedores en el extranjero deben ser incluidas en el modelo 347 si superan los 3.005,06 euros. Además, también deben ser declaradas en el modelo 349 y en el modelo 390 si se supera este importe. Es importante tener en cuenta que en este tipo de operaciones se aplican diferentes tipos de IVA, por lo que es necesario revisar la normativa vigente antes de realizarlas.

¿Qué ocurre con las operaciones realizadas con clientes o proveedores que están en situación de concurso de acreedores?

En el caso de las operaciones realizadas con clientes o proveedores que están en situación de concurso de acreedores, es importante tener en cuenta que estas operaciones no deben ser incluidas en el modelo 347. Sin embargo, es necesario informar a la Agencia Tributaria de esta situación a través de la declaración del modelo 390, indicando el importe total de las operaciones realizadas con estas personas o entidades.

¿Qué pasa si se detectan discrepancias en los datos del modelo 347?

En caso de que la Agencia Tributaria detecte discrepancias en los datos del modelo 347, es posible que se inicie un proceso de comprobación e inspección para determinar si se ha producido un fraude fiscal. En este caso, es importante contar con la documentación necesaria para justificar las operaciones declaradas en el modelo 347 y poder demostrar su veracidad. Por lo tanto, es fundamental llevar un buen control de todas las operaciones realizadas con terceras personas y tener una correcta gestión de la documentación relacionada.

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¿Qué ocurre con las operaciones realizadas con clientes o proveedores que no están obligados a presentar el modelo 347?

En el caso de las operaciones realizadas con clientes o proveedores que no están oblig

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